Novedades fiscales en Navarra para 2017

19-01-2017
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Siguiendo la tradición, la normativa de publicó el último día de año, sin margen de maniobra para poder planificar medidas de adaptación. No obstante, en las siguientes líneas vamos a analizar el alcance y cómo afectan los cambios a las empresas navarras.

Deducción en gastos de representación y viajes

Como empresarios que somos, una de las medidas que más nos va a afectar es la limitación que a partir de ahora vamos a tener en la deducción como gasto en restaurantes, hoteles, viajes y desplazamientos. Ya no hay margen de discusión en su valoración, la normativa no deja lugar a dudas en su aplicación.

Desde el 1 de enero del 2017 solo será deducible el 50% de dichos gastos y, además. con límite: para personas físicas y sociedades irregulares la suma total de estos gastos al año no podrá exceder del 5% de los ingresos, y para las sociedades este límite será del 1%.

Tampoco se pueden deducir las atenciones a clientes si superan los 300 € por persona y año.

Los vehículos

Pero la cosa no acaba ahí, seguimos con el otro gasto más controvertido: los vehículos. Como regla general, para turismos y todo terreno podremos deducirnos solo el 50 % de los gastos, pero ojo, con límites por vehículo y año.

Para la depreciación del vehículo el 50% de 25.000 €, dicho de otra forma, como mucho se considerará deducible 12.500 € en cinco años y del resto de gastos, mantenimiento, gasoil, seguro, etc, etc, el 50% de 8.000 €, 4.000 € al año.

Para los vehículos industriales, turismos de autoescuelas o de agentes comerciales, donde hacienda siempre o casi siempre ha considerado que se encuentran afectos al 100%, tampoco podremos gastar más de 25.000 € en la compra, ni más de 7.000 € en el mantenimiento, gasoil, seguro, etc, etc. Todo lo que pase de estas cantidades, simplemente no deducirá del impuesto.

Como se puede apreciar, se acabó la interpretación de los inspectores, ya que con la norma en la mano no tendrán ni que pensar, solo desenfundar la calculadora y listo.

Medidas positivas

A pesar de las medidas anteriores, también hay cosas buenas. Por ejemplo, nos devolverán el IAE completo a las empresas que no facturemos más de 1.000.000 €.

Si compramos un inmueble junto con el resto del patrimonio empresarial y no podemos ir por IVA, siempre que mantengamos la plantilla de la empresa que compramos durante tres años, solo pagaremos el 2% de Transmisiones patrimoniales, en lugar del 6% como hasta ahora, pero eso sí, si vamos por IVA, será el 1% de Actos Jurídicos Documentados, en lugar del 0’5 % que llevamos años y años pagando. 

Otra buena noticia en deducciones. Las deducciones de patrocinio y de empleo que pasaron a segunda fila en el 2016 y 2015 respectivamente, vuelven a ser deducciones estrella ya que, si creamos empleo o patrocinamos algún club, podremos bajar nuestro impuesto más allá del 25% de la cuota hasta llegar al suelo tributario.

Así mismo tenemos una nueva deducción, ya que determinados vehículos eléctricos nuevos gozaran del 15% de deducción, eso sí, con el límite del 25% en cuota.

Aplazamientos de impuestos

Y por último y para terminar con el tema más, llamémosle empresarial, los aplazamientos de impuestos, que este año sí que sí, los empiezan a reducir. El Gobierno alega que la crisis ya empieza a pasar…... Solo podremos tener vivos 3 aplazamientos y no 4 como hasta ahora.

También, se reducen las cantidades a aplazar y los meses. Si son retenciones y pagos a cuenta, solo podremos aplazar, sin garantías, hasta un máximo de doce meses y 6.000 €.

Para otros impuestos como el IVA podremos aplazar las cantidades superiores a 6.000 €, a más  de doce meses con un máximo de veinticuatro, pero tendremos que pagar el 30% de entrada. Si nos vamos a más de veinticuatro meses ni pagando a cuenta, solo se podrá hacer si aportamos garantías.

Medidas en el ámbito personal

Y ahora sí, acabamos con medidas más para nuestra vida particular. En primer lugar, los Planes de Pensiones que todavía no los quitan como deducción, pero vuelven a bajar los límites: los que tenemos 50 años o más en el 2017 podremos deducirnos 6.000 € y los más jóvenes solo podrán hasta 3.500 €, eso sí, siempre que no supere el 50% de los ingresos en el primer caso y el 30% en el segundo.

Vuelve la deducción por inversión en vivienda para no protegidas. A partir del año 2017, se admite la deducción sin restricción por tipo de vivienda siempre que se encuentre ubicada en municipios de población inferior a 10.000 habitantes no situados en el sub área 10.4 de la Estrategia Territorial de Navarra y que en dicha localidad no se disponga de vivienda protegida. Os podéis imaginar la zona a la que hacen referencia ¿no? Por supuesto, el Área Metropolitana de Pamplona. Así que cuidado si os vais a comprar una vivienda libre a partir de ahora. Revisar primero el número de habitantes del pueblo elegido, el área donde se encuentra y si hay o no hay vivienda protegida en él. Si se dan solamente estas tres circunstancias, podremos meterla como deducible en nuestra renta con el límite de 7.000 € anuales.

Estas son, bajo nuestro criterio, las medidas que más nos pueden afectar, aunque no están todas. Si necesitáis cualquier aclaración o vais a acometer nuevos proyectos, bien sean personales o empresariales, no dudéis en poneros en contacto con nosotras, en ITZEA estamos para estudiar cada caso en particular, ya que como podéis suponer la casuística y las posibilidades son múltiples y variadas. 

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