Implicaciones fiscales más importantes de la nueva regulación de las parejas estables en la Compilación del Derecho civil foral de Navarra

25-11-2019
parejas estables irpf navarra

El pasado 16 de octubre entró en vigor la nueva redacción del Fuero Nuevo de Navarra (FNN) dada por la Ley Foral 21/2019, de 4 de abril y entre las novedades que presenta, se encuentra la regulación de las parejas estables que afectará a los contribuyentes que tengan vecindad civil foral navarra.

De acuerdo con la nueva normativa a partir del día 16 de Octubre de 2019, quienes quieran constituirse como Pareja Estable, deberán manifestar la voluntad en documento público, es decir en escritura notarial.

Lo anterior tiene una serie de implicaciones fiscales: La Disposición Adicional 21ª de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria equipara los miembros de una pareja estable a los cónyuges a efectos del IRPF, del Impuesto sobre el Patrimonio, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sociedades, siempre que se cumplan dos requisitos:

- Ser pareja estable conforme a la normativa civil que le sea de aplicación.
- Inscribirse en el registro fiscal de parejas estables gestionado por la hacienda foral de navarra.

En definitiva, conforme a la normativa actual, y en tanto que no entre en funcionamiento el Registro Único de Parejas Estables, para personas con  vecindad civil navarra, desde el 16 de octubre de 2019 sólo las parejas estables que se hayan constituido como tales en documento público y que estén inscritas en el Registro fiscal de parejas estables de la Hacienda Foral de Navarra serán equiparados a los cónyuges a efectos de los impuestos señalados.

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