Aprobado el sistema nacional de garantia juvenil y nuevos incentivos a la contratación

26-08-2014
BOE real decreto

El pasado 5 de julio de 2014, se publicó el Real Decreto Ley 8/2014 de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Entre las medidas contenidas en esta norma, destacamos las siguientes de orden social:

1. Se crea El Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que tiene por finalidad que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación, y que sean mayores de dieciséis años y menores de veinticinco puedan recibir una oferta de empleo, educación, formación de aprendiz o prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% la edad se eleva hasta los treinta años.

Para beneficiarse de lo anterior hay que estar inscrito en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. A través de la creación de este fichero se crea una única lista de demanda para aquellos jóvenes que cumplen los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados partes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También pueden inscribirse los extranjeros con permiso de residencia y trabajo.
  • Empadronados en cualquier localidad del territorio español.
  • Tener más de 16 años y menos de 25 años. Menos de 30 en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

2. Bonificación por la contratación de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: Las empresas y trabajadores autónomos que contraten de forma INDEFINIDA desde el 5 de julio de 2014 al 30 de junio de 2016, incluidos los fijos discontinuos, a una persona beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mayor de 16 años y menor de 25 años, y en el caso de personas con discapacidad igual o superior al 33% menores de 30 años, disfrutarán de una bonificación mensual en la aportación empresarial a la Seguridad Social por un importe de 300 euros durante 6 meses.

Requisitos:

  • Mantener al menos 6 meses desde el inicio de la relación laboral al trabajador contratado, en el caso de incumplimiento de esta obligación la empresa está obligada a devolver la bonificación.
  • El nuevo contrato debe suponer un incremento de plantilla, tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total y se debe mantener el nuevo nivel alcanzado con la contratación durante todo el periodo de disfrute de la bonificación.

Esta medida será compatible con el resto de incentivos.

3. Contrato para la Formación y el Aprendizaje: Se mantiene la reducción del 100% de las cotizaciones para las empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para las de 250 o más trabajadores y se prevé que, para las personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la cuantía máxima de las bonificaciones por la actividad formativa se pueda elevar a través de la modificación de su regulación.

4. Contrato en Prácticas: Se establece una bonificación adicional del 50% a las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes. De esta forma el incentivo será del 100% si se contrata a jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil.

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