Novedades fiscales en Navarra para 2018
Como cada año, vamos a presentar las principales novedades fiscales aprobadas por el Gobierno de Navarra para el año 2018 y las implicaciones que conllevan,
- Para comenzar, una de las principales reformas es la regulación de las infracciones:
Se endurecen las sanciones por falta de ingresos de ivas, retenciones, fraccionamiento etc. y como novedad, no comunicar a Hacienda el domicilio fiscal o su modificación será sancionable.
- En cuanto a los aplazamientos, se mantienen. Siguen siendo, 3 como máximo.
- En cuanto a la renta (IRPF):
Quedan exentas ciertas indemnizaciones de responsabilidad civil por daños personales y las subvenciones concedidas a comunidades de vecinos por obras de rehabilitación protegida (con límites de renta).
Penalizan el rescate de planes de pensiones, eliminando la reducción del 40% cuando lo recuperamos en forma de capital (hay como siempre un periodo transitorio para aportaciones anteriores al 31/12/2017, por lo que es mejor ver cada caso en particular).
Se elimina la reducción de los rendimientos obtenidos por el arrendamiento de viviendas, excepto para aquellos que las tengas alquiladas a través de VINSA.
Eliminada definitivamente para todas las compras de vivienda la deducción. Ya ni de protección oficial ni de ningún tipo. A partir del 01.01.18 la adquisición de vivienda habitual no deduce. Los regímenes transitorios anteriores permanecen. Estas deducciones se han estado modificando en los últimos 5 años.
Como mejoras (qué también las hay), aumenta la deducción por alquiler para jóvenes (hasta el 20% con un máximo de 1.500€/año, para menores de 30 años o unidad familiar monoparental) y aumenta en 100€ la deducción por hijo menor de 3 años.
- En cuanto a sociedades (I.S.);
Se reduce al 50% la exención que teníamos al reinvertir la renta que obteníamos en la venta de un activo en otro.
Se mantiene la tributación mínima para las empresas que facturan menos de 1M€, pero aumenta para el resto (pasa del 13 al 16%).
Las deducciones por creación de empleo se endurecen, con requisitos de salarios (2,5 interprofesional).
En esta deducción, un guiño hacia las mujeres, ya que la deducción es superior si la plantilla se incremente en una mujer.
- Y por último el Impuesto de Sucesiones y Donaciones:
Para sucesiones, entre cónyuges, y ascendientes y descendientes en línea recta, quedan exentos los primeros 250.000€, pero en donaciones, los primeros 250.000€ tributan al 0,8% y a partir de ahí se establece una tarifa progresiva.
Estas son, bajo nuestro criterio, las medidas que más pueden afectar a las pequeñas y medianas empresas, pero hay más. Por ello, si necesitas cualquier aclaración o vas a acometer nuevos proyectos, bien sean personales o empresariales, no dudes en ponerte en contacto con nosotras para estudiar cada caso en particular, ya que la casuística y las posibilidades son múltiples y variadas.
Comentarios
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Vie, 08/12/2022 - 07:11
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